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Polémica por la edad de punibilidad


nachonacho

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Que tema complicado el planteado, si un menor debe juzgarse como un mayor de edad. Creo que hay cuestiones mas profundas que no se discuten como educación, centros de rehabilitación adecuados , etc.

 

Vacío legal o incumplimiento de las leyes

 

Después de que un chico de 15 años fuera detenido por el crimen de Tolosa y un juez ordenara su traslado a la Justicia de familia, se desató una polémica. En Diputados un proyecto con media sanción del Senado crea el fuero de Responsabilidad Juvenil.

Mientras el crimen de Tolosa y la detención de un chico de 15 años como uno de los responsables desató un reclamo por la baja de la edad de responsabilidad de los 16 a los 14 años, de la Comisión de Legislación Penal de Diputados ya salió un proyecto con dictamen favorable para ser votado en el recinto. El proyecto, que llegó con media sanción unánime desde el Senado, promueve la demorada Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, un avanzado marco de tratamiento a la adolescencia denominada en conflicto con la ley penal. En Diputados se realizó una única modificación al proyecto votado por los senadores: la edad de aplicación no será hasta los 14 años sino entre 16 y 17, cuando hayan cometido delitos que en el Código Penal son sancionados con cuatro o más años. Es decir, no baja la edad de responsabilidad, pero da un marco de obligaciones del Estado, de gradualidad y mediaciones, con condenas como última alternativa, y en ese caso nunca superiores a los cinco años. Curiosamente, el debate recurrente se desató esta vez a partir de un caso, el de Tolosa, que está comprendido en la legislación y que fue tratado tal como la ley indica. Mientras Macri, De Narváez y el ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal, reclamaron por un presunto “vacío legal”, el gobierno nacional (el ministro del Interior Randazzo), jueces y especialistas rechazaron claramente la solución de “bajar la edad a los 14” y respondió que “los jueces tienen las herramientas necesarias”.

Mauricio Macri denunció en una comunicación radial una “enorme falla y ausencia en la legislación y en el rol del Estado. Lo que creo es que, lamentablemente, ha fallado la sociedad que no les permitió contenerlos en el momento que había que contenerlos, tratando de que terminaran el colegio como corresponde”, sostuvo el jefe de Gobierno porteño, obviando toda mención a las ausencias del Estado que representa. Durante la consulta, sorprendió al sostener que el proyecto “en Diputados tampoco sirve de mucho porque lo que propone es endurecer las penas para aquellos menores que cometan homicidio, pero nada dice sobre quienes usan armas de fuego contra una víctima que luego sobrevive”. Macri sostuvo que “el chico que no termina el colegio entra sistemáticamente en problemas” y afirmó que la solución “pasa por una labor del Estado que hasta ahora no se ha hecho y nosotros recién la comenzamos hacer en la ciudad como corresponde”.

Por su lado, el diputado de Unión Celeste y Blanco Francisco de Narváez reclamó al Gobierno que convoque “a sesiones extraordinarias” para tratar la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil que, según él, tiene media sanción del Senado pero fue congelado por “el kirchnerismo” en Diputados. Agregó que “en el Senado se presentó un proyecto de ley por el cual se baja la edad de imputabilidad a 14 años, que tiene media sanción, pero esta ley tiene algunas otras condiciones: sólo se puede detener a un menor, inclusive de 14 años, si comete un homicidio, pero no se lo puede detener si viola, o si secuestra, o si vende narcóticos”. Curiosamente se trata de delitos que tienen a los adolescentes como víctimas y no como victimarios.

“Que no sea imputable no implica que pueda estar en la calle, caminando como si no hubiera pasado nada –advirtió el ministro del Interior, Florencio Randazzo– lo importante es que hoy existen todas las herramientas legales para los jueces.”

En el mismo tono, el juez platense Luis Arias, del fuero Contencioso Administrativo, pero más preciso, sostuvo que “no hay vacío legal, hay incumplimiento de las leyes de protección y promoción del derecho del niño”. Minutos antes, el ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal, en coincidencia con De Narváez y Macri, sostuvo la idea del “vacío legal” y reclamó al Congreso un “marco nacional que regule” la situación de los adolescentes involucrados en delitos y recordó que “cuando el gobernador Scioli lo pidió, lo masacraron con críticas, lo acusaron de pertenecer a la derecha política y promover la mano dura”.

Claro que la propuesta de Scioli-Casal fue rechazada en su momento por todo el arco político porque criminalizaba a la pobreza.

El juez Arias cuestionó la declaración de Casal. Y sostuvo: “Me gustaría saber más si los vecinos cercanos a Tolosa, que están hablando de realizar una marcha, si esa marcha es para manifestarse en contra de los que les suministran armas, drogas; este menor, que participó en este hecho lamentable, tenía una pistola 9 milímetros que corresponde a las fuerzas de seguridad, cómo llegó ese arma al menor, nadie se pregunta esto”.

El gobernador de San Juan, José Luis Gioja, dijo a través de Twitter que “con respecto a Ley Penal Juvenil hay que ser prudente y prevenir, porque la fácil es condenar sin ver lo que está pasando”.

“¿Se sabe de cuántos homicidios cometidos por menores de 16 años se está hablando?”, preguntó Claudia Cesaroni, magister en Criminología e integrante del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos, Cepoc. La ausencia de estadísticas no hace sencillo el cálculo, pero citando al experto Nils Kasberg, director regional de Unicef para América latina y el Caribe entrevistado en 2009 por Página/12, “es una medida demagógica bajar la edad porque se discute una ley por 15 homicidios dolosos por año cometidos por menores de 15”.

“La semana pasada, cuatro pibitos que vivían pidiendo limosna en Misiones murieron ahogados. Nadie dijo nada ni los mencionaron –recordó Cesaroni–. Si se hubieran salvado y ahora le pusieran un arma a alguien en la cabeza, el Estado recién entonces se acordaría de ellos.”

El proyecto de Responsabilidad Penal Juvenil fue presentado con la firma del radical Gerardo Morales. El Senado lo aprobó por unanimidad en una sesión de extraña formulación: fue votado el último día antes de las vacaciones invernales y con las noticias sobre la gripe A ocupando todos los titulares. Al ingresar a Diputados, pasó por las comisiones de Familia, Presupuesto y Legislación Penal. Y salió con el dictamen por mayoría. En síntesis, lo que promueve el proyecto es que la responsabilidad juvenil abarca entre los 16 y los 17 años, según indica en su primer artículo. Pero que se aplicará sólo en los casos cuyas penas superen los 4 años de pena privativa de libertad. La ley claramente se dispone a fortalecer en los sujetos de aplicación el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y a que asuman funciones constructivas en la sociedad. Para ello ordena resoluciones graduales, y como última instancia la privación de la libertad en centros especializados con penas máximas de hasta cinco años

Las voces punitivas sostienen que la edad de responsabilidad debe bajar hasta los 14 años.

 

 

Saludos y a sus gratas órdenes

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Respuesta: Polemica por la edad de punibilidad

 

La problematica del delito cometido por menores tiene a mi entender mas de un enfoque: la responsabilidad penal, la utilizacion de los menores como "soldados no imputables" de delitos organizados por bandas de adultos y uno de esctricto caracter legal procesal: esto es la equivocada y anacronica vision que la sociedad (y muchos dirigentes) tienen del proceso penal (para que sirve el proceso penal)

En primer lugar me gustaria diferenciar dos conceptos que se confunden y desde mi punto de vista nublan la posibilidad de encontrar una solucion a este tema.

Los conceptos que quiero diferencias son: a) Imputabilidad y b) Responsabilidad penal.

La imputabilidad es un concepto logico, no juridico, que es utilizado por el derecho.

Imputar es un simple procedimiento de verificacion de una situacion de causa efecto; es decir que permita verificar el enlace (la imputacion) entre un hecho (causa) y un resultado (consecuencia o efecto)

En derecho penal la causa o hecho es una conducta humana y el resultado uno que debe estar expresamente previsto en la ley penal.

Es decir la imputabilidad (penalmente hablando) es la verificacion de que una conducta humana es la causa de un resultado previsto en la ley penal.

Desde este analisis toda persona que no capaz que actua (y para que se entienda) "estado conciente" es pasible de que su conducta sea enlazada con el resultado.

Ejemplo de libro: si el sujeto A atropella con su cuerpo al sujeto B provocando que caiga a un precipicio, la conducta y el resultado son imputables al sujeto A; pero si el sujeto A atropella a B porque el sujeto C empujo a A no hay conducta de parte del sujeto A.

En lo que respecta a los estados de conciencia, no es imputable el hecho producido por los movimientos corporales del epileptico (por ejemplo) o dando otro ejemplo mas, el que se desvanece conduciendo un vehiculo no es imputable a ninguna conducta (porque no hubo conducta) de las lesiones o de la muerte del peaton atropellado.

En definitiva si hay conducta (y los casos de ausencia de conducta son los previstos por la ley, art. 34 del Codigo Penal) hay imputablidad.

Ahora, en cuanto a la Responsabilidad Penal, tengo que decir que es el un grado de reproche una intensidad de reproche por la conducta realizada (tema que excede lo que quiero escribir aqui); pero ademas es la decision de la ley (o del legislador) de que la persona que llevo adelante la conducta se haga cargo del reproche (sancion) que se impone por la misma.

Y este es el punto: no estamos hablando de imputabilidad de los menores sino de responsabilidad penal de los menores. Pues el menor como ser humano es perfectamente imputable de su conducta. El debate versa sobre de que modo hacemos responsable al menor de su conducta.

Me adelanto a lo que voy a desarrollar mas abajo, el unico modo de verificar la imputabilidad, es decir el enlazamiento de la conducta con el resultado, es por medio de un proceso penal ajustado a la Constitucion. La negacion de la imputabilidad de los menores (de modo legal - objetivo) es una violacion de sus derechos constitucionales que acacrrea serias consecuencias para el niño-adolescente.

Dije mas arriba que era equivocada y anacronica la vision de para que sirve el proceso penal. El proceso penal no es un "tramite necesario" para condenar a un delincuente, es el derecho de un acusado a que conforme a la Constitucion y a las reglas de la prueba se establezca con certeza absoluta que es el autor de la conducta que provoco un resultado penalmente sancionado, o en su caso no lograda la certeza absoluta se lo deje de perseguir penalmente.

 

El proceso penal es un derecho del ciudadano, tenga la edad que tenga. Ahora confundiendo los conceptos, como acabo de explicarlo, y ateniendonos a la Ley 22.278, lo que se esta haciendo el violar los derechos constitucionales del niño-adolescente, privandolo de un proceso penal en que con certeza y pruebas se diga si es culpable o no.

Y esto es grave porque no son pocos los casos en los que a consecuencia de la mal entendida "imputabilidad" el menor termina sin proceso, sin juicio, sin defensa y sin abogado, encerrado en un instituto "por las dudas" o porque no pudiendo llevarlo a juicio "ante la sospecha" de que cometido un delito se lo interna.

 

Ahora, aclarada mi posicion, me voy a referir a la Responsabilidad Penal de los Menores de 18 años, esto es a que sancion debe aplicarse a un menor de edad hallado, conforme a las reglas de la Constitucion, culpable de un delito.

La Republica Argentina ha asumido el compromiso constitucional e internacional (y esto es lo que dicen los Pactos Internacionales) de no aplicar a los menores de 18 años hallados culpables, mediante un juicio ajustado a derecho, la misma pena que a los adultos, y en su caso que la aplicada no se extienda mas alla de los 21 años, con expresa prohibicion de aplicar pena de muerte o de prision perpetua.

 

En conclusion, los menores de 18 años tienen:

a) Derecho a ser juzgados de igual modo que un adulto.

b) La garantia constitucional de recibir una pena distinta a la del adulto encontrado culpable del mismo delito

c) Cumplir, en su caso, la condena en lugar distinto al de los adultos.

Por lo que exprese, teniendo en cuenta el caracter de sujeto de derechos de cualquier humano (tenga la edad que tenga), las garantias constitucionales del debido proceso y los compromisos internacionales asumidos respecto de la responsabilidad penal de los menores, mi humilde opinion es que todo ciudadano de 13 o mas años al que se le indilga una conducta provocadora de un resultado previsto en la ley penal, debe ser (porque es su derecho) declarado culpable o no culpable en un proceso penal ajustado a la constitucion.

No quiero dejar de señalar que el Codigo Civil expresa (en especial en el articulo 1114) que los mayores de 10 años son (civilmente) responsables por los hechos ilicitos.

“Es extraña la ligereza con que los malvados creen que todo les saldrá bien”.Victor Hugo

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"miestras vos escribis esto" no se a quien va dirijido pero si es a mi te pido que lo hagas con mas respeto. Expone tu idea pero no me digas a mi que hago bla bla bla, me rompi el alma estudiando como para permitir que viejas chotas de baton y ojota con bigote, sean autoras de propuestas de politica criminal.

“Es extraña la ligereza con que los malvados creen que todo les saldrá bien”.Victor Hugo

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Respuesta: Polémica por la edad de punibilidad

 

Propuestas de politicas criminales? jajajaj. De eso culpas a smurf?

 

Las politicas criminales son las que existen hoy en dia y permiten que alguien que mata a otra persona salga impune sin ningun tipo de castigo.

 

Las cosas son claras, si cometes un delito, la pena debe ser igual para todos, sea cual sea la edad.

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Respuesta: Polémica por la edad de punibilidad

 

en mi modesta opinion todo esto esta Fundado en el hecho que si a los pendejitos menores de 18 se les da la misma condena de un mayor, en el una carcel comun, les van a romper el culo sin piedad... Ahora si tiene mas de 18 que se lo rompan igual.... jajajajajjajaajja

Kisses on the Bottom....!!!

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No jodamos mas, pendejo que mata o afana es un peligro para la sociedad. No puede estar libre. Hay q sacarlo de la calle. Eso es obvio. Luego el otro tema es adonde se lo lleva. Ahi hay que tratar de que ese pendejo vaya a un lugar (lease carcel) en donde pueda ser rehabilitado o contenido, pero está claro que en la calle suelto no puede estar. Para que?..para que mate a otro o afane a otro?

Son 2 cosas distintas el tema de la educación y de politicas sociales para prevenir que los pendejos afanen o maten y el tema de meterlos presos una vez que ya se convirtieron en criminales. Es obvio que todos prefeririamos que no existiesen los criminales y ese es el objetivo...pero esta claro que el criminal no puede andar suelto ya que representa un riesgo para la sociedad, mas alla de la edad que tenga. Asi tenga 8 años hay que sacarlo de la calle, lo cual no quiere decir que hay que mandarlo a Devoto...pero LIBRES no pueden estar.

Y esto es asi en casi todos los paises avanzados del mundo, no es un tema de izquierda o derecha o de pro-derechos humanos o anti-derechos humanos.

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Hace años lei que en Inglaterra dos chicos mataron de manera muy cruel a una bebita y les dieron condena perpetua, si perpetua. Creo que ante la situación de destruccuión total de la República que vivimos, agregado a que un pendejo de 13 años puede matar a cualquiera y debe haber muchos casos que no nos enteramos por que no salen en los medios, entiendo que se debería establecer la imputabilidad criminal de los menores a la edad de 13 años.

 

Para los juristas llamados "garantistas" que en mi opinión lo único que garantizan es la impunidad de mayores y menores, la feroz delincuencia que hay por todos lados, los "inocentes" menores que matan para robar un par de zapatillas. Bueno para estos "garantistas" les pediría que agarren a uno de estos chicos delincuentes que matan, se los lleven a vivir a su casa, los eduquen, les paguen los estudios y vean si los pueden reincertar en la sociedad. Quiesiera ver cuantos de estos juristas garantistas que escriben montones de artículos, libros, hablan por radio y tele diciendo mil y una pelotudeces que ralmente parece que nunca estudiaron en la facu una materia que se llama Derecho Penal I (Parte General) y Derecho Penal II (Parte Especial), se animan a meter un "nene" de esos en sus casa a vivir con ellos y su familia.

 

Es lo mismo que les digo a mis amigos comunistas que por supuesto, como la mayoría de los comunistas argentinos son lo que yo llamo "la izquierda paqueta y perfumada", a ellos les digo: "Ya que el marxismo es tan bueno ¿por que en vez de vivir en Belgrano o Recoleta no te vas a vivir a Cuba, vendes todos tus bienes y su producido se lo donas a Cuba, al energumeno venezolano y al simio boliviano? Siempre a mi pregunta se quedan callados y siguen viviendo en Belgrano y otros lugares lindos.

 

Ah, también les digo que le den la plata de la venta sus bienes al de Ecuador pero ese no se por que pero para mi gusto esta lindísimo jajajajajajajajajaja.

 

Yo soy Republicano, Democrático pero derechoso. Mi ideal político sería una especie de Aznar de España.

 

Si a alguno de los amigos del foro no le gusta lo que dije, no importa los quiero igual y no me molesta que se "enojen" por lo que pienso en materia política.

 

Yo por mi parte aunque no comparta las ideas de otros, respeto a las personas que sostienen ideas diversas a las mias.

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Si se implementa es una medida que va a dejar tranquilos a algunos, pero que no va a modificar en nada la situación actual ... hasta que no se toquen los temas base que hay que tocar, es totalmente al pedo, a lo sumo servirá para tapar un poquito más las cosas

 

Brasil la bajó a 13 o 14 años y tiene 30 veces más cantidad de asesinatos por cada 100 habitantes que Argentina ... solución NO ES

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