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La gente que se mete en esto, tendrá idea en lo que se mete??? Que pensas?


Invitado megustanrubiasytetonas

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Invitado megustanrubiasytetonas

Hoy es: Sábado, 23 Mayo 2009

Será que los que se dedican a la trata de personas para la explotación sexual, violaciones y pedofília...están tan enfermos que no pueden darse cuenta de su propia gravedad mental? Podrán dormir tranquilos, sabiendo que este delito tarde o temprano los alcanzará?....

Habrán hecho terapias virtuales o quizás anónimas en algún intervalo lúcido?

La verdad es que me cuesta creer que en un mundo globalizado, donde es tan simple, tratarse, pedir ayuda y realizar denuncias anónimas desde cualquier remoto rincón del mundo e incluso por terceros ajenos. De cualquier modo; tel, celu, email, chat, msn, cobro revertido, por escrito judicial y extra, por escribanías y todas las formas más insólitas de comunicación que se les ocurra...etc.

La Comunidad Internacional en su conjunto en el 95 % de sus tratados, condena a este delito poniéndolo a la par de un delito de lesa humanidad, esto es que nunca deja de ser delito, no prescribe jamás. (Son los delitos penales por excelencia)

Me sigo preguntando... ilusamente creen que podrán escapar por el resto de sus vidas a delitos que no prescriben y que podrán pasar por esta tierra inmutables por el resto de sus vidas, cuando existen tantas fuerzas de seguridad que los persiguen tanto en el ámbito nacional, como internacional?...

No digo que podrán comprar algunas personas, pero no todas.

Que será.... que no toman conciencia de el costo que puede tener en sus vidas un solo día en la cárcel como violadores? una carrera profesional tirada a los chacales, al igual que su imagen social, en el plano mundial.

Será que tan enfermos están para creer que el dinero que ganen puede salvarlos, que el hecho cierto...a la larga o a la corta les acaecerá y deberán pagar con cadena perpetua o incluso con la pena capital.(caso de países como EEUU, entre otros)

Que contacto o que funcionario amigo creerán que se quemará las manos por una persona en la cual recaen tales acusaciones?.... Es más creo que ni siquiera la familia o los seres queridos o amigos bailarían las papas con ellos...Junto a los tribunales internacionales... Les adjunto un chiquitín de las leyes vigentes a lo que hace al debido proceso. Para los que en algún momento deseen tomar conciencia de la gravedad de sus actos, para que puedan quizás plantearse la posibilidad de cambiar se realmente son tan inteligentes como dicen ser. Salu2

 

 

Hoy es: Sábado, 23 Mayo 2009

Legislación nacional >

Argentina

 

 

Indice

Derecho Constitucional

Refugiados, asilados y apátridas

Migración y Extranjería

Nacionalidad

Derechos Humanos

Mujeres, niños y derecho de la familia

Derecho Penal

Trata de personas y tráfico de migrantes

Otra Legislación

 

Derecho Constitucional

·Constitución de la Nación Argentina

Refugiados, asilados y apátridas

·Ley N° 26.165 de 2006 - De reconocimiento y protección al refugiado

·Ley N° 25.985 de 2004 - Prorrógase el plazo para acogerse a los beneneficios establecidos por las leyes N° 24.043 y 24.411

·Ley N° 24.056 de 1992 -Aprobación de la \"Convención sobre Asilo Diplomático\" firmada en Caracas el 28 de marzo de 1954 en la X Conferencia Interamericana

·Ley N° 24.055 de 1992 -Aprobación de la \"Convención sobre Asilo Territorial\" firmada en Caracas el 28 de marzo de 1954 en la X Conferencia Interamericana

·Ley N° 24.043 de 1991 - Se otorgan beneficios a las personas que hubieran sido puestas a disposición del P.E.N. durante la vigencia del estado de sitio o siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares

·Ley N° 23.160 de 1984 - Modifica Artículo del Estatuto de Refugiados

·Ley N° 19.510 de 1972 - Autorización a la adhesión a la “Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954”

·Ley N° 17.468 de 1967 - Aprobación de la adhesión al “Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967”

·Ley N° 15.869 de 1961 - Aprobación de la “Convención relativa al Estatuto de los Refugiados de 1951”

·Ley N° 192 de 1894 - Aprobación del Tratado de Derecho Penal Internacional sancionado por el Congreso Sudamericano de Derecho Internacional Privado que se reunió en Montevideo el 25 de agosto de 1888

·Decreto N° 942 de 1995 - Exime del pago de la tasa retributiva de servicios a todos los trámites que los refugiados deban efectuar ante la Dirección Nacional de Migraciones (D.N.M.)

·Decreto del 09/02/2007 por el cual se prorróga la competencia del CEPARE hasta tanto se conforme la CONARE establecida en la nueva ley

·Decreto N° 464 de 1985 - Créase en su ámbito un Comité de Elegibilidad para Refugiados

·Decreto N° 251 de 1990 - Se prohíbe la extradición de refugiados

·Resolución N° 894 del 22 de abril de 2008 - Tramitación del primer Documento Nacional de Identidad a las personas que acrediten su condición de refugiados en la República Argentina

·Resolución Administrativa N° 2.575 del Ministerio de Cultura y Educación de 1998 - Tratamiento preferencial de trámites administrativos de ingreso y egreso de establecimientos educacionales en el país para refugiados reconocidos

·Resolución N° 2.049 del 21 de diciembre del 2007 - Sobre el "Programa para la Asistencia y Protección del Refugiado y Peticionante de Refugio"

·Resolución N° 1.071 del 18 de julio de 2007 - Sobre el "Programa para la Asistencia y Protección del Refugiado y Peticionante de Refugio"

·Resolución N° 1.672 de 1985 del Director Nacional de Migraciones - Procedimiento a seguir con quien requiera la calificación de refugiado

·Resolución 1.192 de 1998 del Director del Registro Nacional de las personas - Las personas de existencia visible a las que Argentina le otorgue el carácter de refugiado quedaran exentas de presentar la documentación del estado civil exigida por el artículo 9 de la Ley Nº 17.671

·Resolución Ministerial N° 528 de 1986 - Intervención de la Subsecretaría de Derechos Humanos en la tramitación de recursos que se plantean contra las resoluciones denegatorias adoptadas por el CEPARE

·Resolución N° 17 de la Secretaría de Población y Relaciones con la Comunidad de 1995 - Aprobación de la Disposición 267/95

·Acta Resolutiva N° 465 de 1998 del CEPARE - Recomendación de adoptar medidas necesarias con el objeto de integrar a la definición contenida en la Convención de 1951, los términos de la Declaración de Cartagena de 1984

·Acta Resolutiva N° 475 de 1998 del CEPARE - Sobre el Carácter reservado a las actuaciones referidas a refugiados

·Disposición N° 17.956 de 2005 - Establecese que los trámites promovidos por extranjeros a quienes el Comité de Elegibilidad para Refugiados les haya reconocido el estatuto de refugiados, están eximidos del pago de tasa migratoria, de acuerdo con lo dispuesto por el decreto N° 942/95

·Disposición N° 267 de 1995 de la D.N.M. - Plazo de Residencia a otorgar a refugiados (aplicación del art. 4 de la Resolución 2432/94 sobre residencia permanente)

·Disposición N° 182 de 1995 de la D.N.M. - Autorización a la Secretaría Administrativa Permanente del CEPARE a expedir el documento sobre acreditación del estado del trámite de la solicitud de refugio

Migración y Extranjería

·Decreto Nº 231 de 2009 - Trámites sujetos al pago de tasas retributivas de servicios

·Disposición 14.949/2006 - Modifícase el Título III, “Ingresos Posteriores”, de la Disposición Nº 53.253 de fecha 13 de diciembre de 2005, en relación con los plazos de la residencia transitoria a otorgarse al Turista Mercosur y el trámite de residencia

·Disposición N° 53.253 del 2005 - Implementación del Programa para extranjeros nativos de los Estados parte del Mercado Común del Sur y sus Estados Asociados

·Disposición N° 15.442 de 2005 - Ingreso y egreso de personas al territorio nacional

·Disposición N° 15.441 de 2005 - Crease el Registro Nacional de Aptitud Migratoria

·Disposición N° 15.440 de 2005 - Admisión de extranjeros

·Disposición N°33.349/2004 - regulariazación migratoria dispuesto por el Decreto N°1169/2004, 8 de octubre de 2004

·Decreto N° 1169/2004 - regularización de la situación migratoria de ciudadanos nativos de países fuera de la órbita del MERCOSUR, que al 30 de junio de 2004 residan de hecho en el territorio nacional

·Disposición 29.929/2004 - Suspéndese medidas de conminación a salir del país y expulsiones dispuestas respecto de ciudadanos nativos de la República del Perú, excepto aquellas que hubieren estado fundadas en la expistencia de antecedentes o en situaciones encuadrables en los incisos a) a h) del artículo 29 de la Ley N° 25.871

·Disposición 2079/2004 - Suspéndese las medidas de extrañamiento de los nacionales de los países limítrofes

·Ley N° 25.871 de migración que deroga a la Ley 22.439 y a su decreto reglamentario N° 1.023

·Resolución N° 4.457/1994 - Normas para la aplicación del programa establecido por la resolución M.I. N° 3.850/1994

·Resolución N° 3.850/1994 - Programa de facilitación de la situación migratoria de ciudadanos peruanos nativos que residan en Argentina con anterioridad al 1°/10/1994

·Decreto N° 1.023/1994 - Reglamento de Migración (derogado por la Ley N° 25. 871 de 2004)

·Ley N° 22.439/1981. Ley General de Migraciones y fomento de la Inmigración (con modificaciones Ley N° 24.393)(derogado por la Ley N° 25.871 de 2004)

·Ley N° 24.393 - Modificación de la Ley N° 22.439

·Decreto N° 1.117/98 - Modifícanse los Decretos N° 1.434/87 y N°1.023/94 en relación a trámites migratorios que deben sujetarse al pago de tasa retributiva de servicios.

·Resolución N° 17 - Secretaría de población y de relaciones con la comunidad (1995)

·Resolución Nº2.430/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº0001/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre Normas de interpretación de los términos del Artículo 15 del Decreto Nº 1434/87, modificado por su similar Nº 1023/94

·Resolución Nº2.431/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº0002/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre Normas que establecen los medios de prueba que deberá presentar el extranjero a fin de acreditar su inclusión en alguno de los incisos del Artículo 15 del Decreto Nº 1434/87 modificado por su similar Nº 1023/94

·Resolución Nº2.432/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº0003/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre Normas que establecen los tipos de residencia a otorgar a los extranjeros que soliciten su ingreso y/o permanencia en la República Argentina

·Resolución Nº2.433/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº0004/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre Normas que establecen plazos de permanencia a otorgar a los extranjeros admitidos en el país con carácter de temporarios

·Resolución Nº 2.434/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº0005/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre Procedimientos a implementar para prorrogar las residencias temporarias previstas en la Disposición Nº 0002/94.

·Resolución Nº2.435/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº0006/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre Normas de procedimiento a seguir para peticionar la admisión de extranjeros cuando se encuentren residiendo en exterior o en la República Argentina.

·Resolución Nº 2.436/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº 0007/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre disposiciones transitorias.

·Resolución Nº 2.437/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº 0008/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre disposiciones transitorias.

·Resolución Nº 2.438/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº 0009/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre disposiciones transitorias (Expedientes incompletos).

·Resolución Nº 2.439/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº 0010/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre disposiciones transitorias (Prórroga de residencias otorgadas con anterioridad al 14 de julio de 1994)

·Resolución Nº 2.440/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº 0011/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre disposiciones transitorias (Resolución de expedientes iniciados con anterioridad a la vigencia del Decreto N° 1.023/94)

·Resolución Nº 2.441/94 del Secretario de Población y Relaciones con la Comunidad y Disposición Nº 0012/94 de la Dirección Nacional de Migraciones sobre Residencia precaria, habilitación para trabajar

·Resolución Nº 3959 y Disposición Nº 0018/94 sobre Admisión, Permanencia y Egreso de los "Residentes Permanentes" y "Residentes Temporarios"

Nacionalidad

·Ley N° 23.059 del 22 de marzo de 1984. Ciudadanía y Naturalización. Restablecimiento de la vigencia de la Ley N°346/1869 y ss. Deroga Ley de Facto N°21.795

·Decreto N° 1.601 de 2004 - Sustituyese al artículo 2º del decreto Nº 3213/84 y su similar Nº 231/95, con la finalidad de facilitar el reconocimiento de ciudadanía a personas nacidas en el exterior, hijos de padre o madre argentinos

·Decreto Nacional N° 3.213/84 del 28 de septiembre de 1984, Reglamentación de la Ley N° 23.059

·Ley N° 21.795 - Ley de Nacionalidad y Ciudadanía, 1978 (Derogada por ley N°23.059/84)

·Decreto N° 231/95 del 2 de agosto de 1995. Ciudadanía y Naturalización. Sustitución del Artículo 2 del Decreto N° 3.213/84

·Ley N° 24.533 del 09 de agosto de 1995. Carta de Ciudadanía. Modifica a la Ley N° 346/1869

·Ley N° 24.951 - Sustitúyese el tercer párrafo del artículo 11 de la ley N° 346 de nacionalidad y ciudadanía, reformada por las Leyes N° 16.081, N° 20.835 y N° 24.533 (B.O: 15/04/98)

·Ley N° 346 – Ley de Ciudadanía del 1 de octubre de 1869

·Ley N° 25.327 - Modifica el artículo 2° de la Ley N° 16.569 (B.O.: 13/11/2000)

Derechos Humanos

·Ley 26.380 - Apruébase el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte, adoptado en Nueva York el 15 de diciembre de 1989

·Ley Nº 26.379 - Apruébase el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, relativo a la abolición de la pena de muerte (10 de junio del 2008)

·Ley Nº 26.378 - Apruébase la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo (6 de junio de 2008)

·Ley N° 26.109 - Apruébase el Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur (3 de julio de 2007)

·Ley N° 23.592 - Penalización de actos discriminatorios (B.O. 5 de septiembre de 1988)

·Ley 16.986 - Ley de acción de amparo (Boletin Oficial 20 de octubre de 1966)

·Decreto 929/67 Decreto Reglamentario de la ley de amparo. (21 de febrero de 1967)

·Ley 23.098 - Procedimiento de habeas corpus (Boletin Oficial: 25 de octubre de 1984)

·Ley N° 24.411 - Desapariciones Forzadas: Beneficios que tendrán derecho a percibir por medio de sus causahabientes, personas que se encuentren en tal situación

·Decreto 403/95 - Decreto reglamentario de la ley de ausencia por desaparición forzada (Boletin Oficial: 4 de septiembre de 1995)

Mujeres, niños y derecho de la familia

·Ley Nº 26.485 de 2009 - Ley de Protección Integral a las Mujeres para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales

·Ley Nº 26.390 de 2008 - Prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente

·Ley Nº 26.061 de 2005 - Ley de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes

Derecho Penal

·Código Penal (1874)

·Ley N° 26082 de 2006 - Aprueba el tratado de extradición entre la República Argentina y la República del Perú

·Ley No. 24.767 - Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal, 1997

·Ley 3.192 - Aprobación del Tratado de Derecho Penal Internacional sancionado por el Congreso Sudamericano de Derecho Internacional Privado que se reunió en Montevideo el 25 de agosto de 1888 (Promulgación: 11 de diciembre 1894)

·Ley 24.321 - Regulación de la ausencia de personas por desaparición forzada (Boletin Oficial: 10 de junio 1994)

Trata de personas y tráfico de migrantes

·Ley N° 26.364 del 30 de abril del 2008 - Prevención y Sanción de la Trata de Personas y asistencia a sus víctimas

·Ley Nº 26.384 del 16 de diciembre de 2004 - Apruébase el Acuerdo contra el tráfico ilícito de migrantes entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile

·Ley 26.382 del 16 de diciembre de 2004 - Apruébase el Acuerdo contra el tráfico ilícito de migrantes entre los Estados Partes del MERCOSUR

·Ley Nº 25.632 de 29 de agosto de 2002 - Apruébase la citada Convención y sus protocolos complementarios para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños y contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire

·Ley Nº 15.768 de 30 de septiembre de 1960 - Aprobación del Protocolo Final Anexo al Convenio para la represión de la Trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena

·Decreto Nº 728 de 30 de abril de 2008 - Prevención y Sanción de la trata de personas y asistencia a víctimas

·Resolución Nº 314 de 13 de marzo de 2006 - Créase el programa "Las víctimas contra las violencias" y desígnase a la Coordinadora del mismo

·Decreto Nº 1.281 del 2 de octubre de 2007 - Trata de Personas

·Resolución defensorial N° 3301/05. En la cual solicita a las autoridades del Gobierno de la Ciudad que tomen las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los Compromisos adquiridos por Argentina al ratificar el Protocolo de Palermo (para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas), que complementa la Convención Internacional contra el Crimen Organizado Trasnacional.

09 de enero de 2006

Otra Legislación

·Ley N° 26.024 - Aprueba el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, adoptado el 9 de diciembre de 1999 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (19 de abril, 2005)

·Ley N° 26.024 - Aprueba el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, adoptado el 9 de diciembre de 1999 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (18 de abril, 2005)

·Decreto N° 50-2004 - Seguridad Internacional (2004)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Editado por megustanrubiasytetonas
se me esta terminando la bateria de mi lap
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  • Actividad relevante

    • Nada Joselo. 

    • En 13/11/2024 a las 17:15, julian69 dijo:

      wendy tiene una M finita que es un 10, si la calentas se lo pone durisima

      https://www.sexo3.com/es/escort-travesti/wendy

       

      Wendy/Cin es mi nenu de cabecera. 

    • hace 5 horas, Charles Bukowski dijo:

      Estimados: En mi caso, siendo ya un poco mas grande, empecé con ciertas molestias a la hora del SEXO... Por lo tanto decidieron sacarme el frenillo del pene, me operaron de frenuloplastia... La cirugía fue con anestesia local, duró mas o menos 30 minutos, lo único que sentí fue el pinchazo de la anestesia, después no sentí nada durante la intervención. La recuperación fue rápida, sin dolor, aunque todas las noches tenía que ponerme una crema en la zona intervenida antes de acostarme, por suerte cicatrizó bien y no tuve mayores problemas.

      Eso si, luego de la intervención no pude tener SEXO mas o menos por 2 meses, hasta que todo estuviera bien cicatrizado (recién ahí, el urólogo que me operó me dio el alta). La parte sexual, te diré que mejoró después de la frenuloplastia, no tengo ninguna molestia (eso si, quizás tardo mas en eyacular que antes). Suerte !!!! Cordiales saludos para todos.

      Gracias colega, me sirve lo que me comenta.

      Consulta, puede que tenga más sensibilidad en el pene durante la actividad sexual??

    • Estimado: Rarísimo todo lo que te pasó, hiciste bien en abortar la misión. Si algún detalle del encuentro pactado, no cierra... Lo mas prudente es salir de allí. Ya lo de las llamadas de whatsapp me pareció muy extraño, jamás una escort me llamó por teléfono (ni por común, ni por whatsapp). Y obviamente, la gota que colmó el vaso, fue el pedido de la foto !!!! Con las llamadas de garrón ya me es suficiente para cancelarla, y si piden foto de entrada o en cualquier momento previo al encuentro, cancelo la cita en ese mismo instante sin vueltas.

      Chica que pide foto, o que pida seña previo al encuentro, la descarto al toque y sin dudar. Cordiales saludos para todos.

    • En 13/11/2024 a las 12:30, kamayuccba dijo:

      Hola colegas! Ya cumplí 35 años y comienzo a notar que el amigo no trabaja como en mi adolescencia, era ver una tetona en la tele y ponerse a mil! Con cosas de internet ya no me caliento , ni mia khalifa ni nadie. Con las escort más o menos , no hay besos ni previa y es solo ir a embocarla medio que me cuesta 

      No sé si la depresión de que las cosas no me vayan bien estos últimos tiempos pero no volví a calentarme tan fácil ni fuerte como cuando era un puberto . Será la edad o los problemas de la vida que me tienen bastante mal poniendo ansioso y deprimido . Creí que cuando dejara de tomar la sertralina todo volvería a la normalidad pero ya van como dos semanas y no parece haber cambiado nada 

      Estimado @kamayuccba tiene razón el colega @oscar mas no es un tema de edad... Claramente, estás atravesando por un principio de una depresión (si no te calienta, la cantidad industrial de porno que hay en internet, la verdad que es un signo de alerta), tengo ansiedad crónica y no es fácil lidiar con ella (y si tenés un principio de depresión, a la hora del SEXO la cosa se puede complicar de verdad, sé de lo que hablo porque en una etapa de mi vida también tuve depresión), y la verdad que es algo jodido, no se lo deseo a nadie.

      Otra cosa, cuando leí que te recetaron sertralina... Hoy en día, se utilizan muchísimo los antidepresivos ISRS (Inhibidores Selectivos de la Recaptación de Serotonina), tardan un poco en asentarse en el organismo y hacer sus efectos, no se pueden dejar de tomar de golpe tampoco... Lo malo de estos medicamentos, es que por lo general traen efectos secundarios a la esfera sexual del paciente, de repente sentís que tenés bajo deseo sexual, aunque el efecto secundario mas conocido que tienen es que retrasan mucho la eyaculación (cuando yo tomaba Fluvoxamina, tenía deseo, el pene se levantaba, penetraba y tenía la relación sexual, pero muchísimas veces me pasó de no poder eyacular, o eyacular luego de estar un buen rato cogiendo, me tenía que calentar demasiado la chica para lograr la eyaculación). En fin, tratá de mejorarte y curarte de esa depresión, y bajá esos niveles de ansiedad, vas a ver que luego te vas a sentir mejor y vas a andar mucho mejor en todos los aspectos (inclusive en la esfera sexual, vas a tener mas deseo y vas a tener una etapa donde vas a querer darle a todas). Mucha suerte, de corazón !!! Cordiales saludos para todos.

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