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Proponen que la prostitución sea legal en el Chaco


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El proyecto es de los legisladores Carlos Martínez -Libres del Sur- y Daniel San Cristóbal-. Para realizar la propuesta se basaron en los derechos humanos que tendrían que tener las meretrices y la discriminación que sufren a diario.

 

Los diputados Carlos Martínez -Libres del Sur- y Daniel San Cristóbal -Frente Grande- presentaron un proyecto por el cual se deroga el Artículo 66 de la ley 4209, que en este momento sanciona o multa a los que ejerzan la prostitución.

 

Para realizar la propuesta se basaron en los derechos humanos que tendrían que tener las meretrices y la discriminación que sufren a diario.

 

Si bien la semana pasada se habían reunido con las representantes de AMMAR (Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina) junto a otros legisladores, Martínez aseguró que el proyecto estaba en cartera desde fines del año pasado.

 

 

 

Fuente: http://www.chacas.com.ar/

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Respuesta: Proponen que la prostitución sea legal en el Chaco

 

Piden derogar Artículo 66 del Código de Faltas provincial

El artículo sanciona con arresto o multa a quienes ejercen la prostitución

 

Los diputados Carlos Martínez, de Libres del Sur, y Daniel San Cristóbal, del Frente Grande, presentaron un proyecto de ley por el que se deroga el Art. 66 de la ley 4209, Código de Faltas de la Provincia del Chaco.

Si bien la semana pasada se habían reunido con las representantes de AMMAR (Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina) junto a otros legisladores, Martínez aseguró que el proyecto estaba en cartera desde fines del año pasado.

El legislador de Libres del Sur se refirió a los derechos sexuales como derechos humanos que emanan de documentos internacionales y acuerdos y están garantizados por leyes nacionales, y advirtió que el sistema judicial contravencional no resuelve, ni contenida ni integralmente la violencia de la que son víctimas las mujeres y otras minorías sexuales; "al contrario, genera otros delitos y abusos, por ejemplo contra las mujeres en situación de trabajo sexual, ya sea por la Policía o por el rufián. Desde la perspectiva de la libertad sexual y frente a este tipo de inequidades, la honestidad de la mujer no debería ser lo que está en juego”, sostuvo en relación con el contenido del mencionado Art. 66, que sanciona con hasta 30 días de arresto o multas de hasta 5 sueldos equivalentes a la remuneración mínima, vital y móvil, a quienes se ofrezcan para el comercio sexual o inciten públicamente a las personas. El artículo, además, considera esta conducta como “escandalosa”.

Por su parte, San Cristóbal recordó que la situación de discriminación y persecución a las personas que ejercen la prostitución ha sido reconocida hace ya cuatro años por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1086, al que nuestra provincia adhirió por Ley 5801 un año después, y añadió: “las mujeres que se prostituyen son de los grupos más marginados y discriminados en nuestra sociedad. Lamentablemente hay patrones culturales que admiten que los varones compren SEXO, pero castigan a las mujeres que lo venden. Además, la situación de pobreza creciente que lleva al ejercicio de la prostitución es doblemente castigada por un sistema de códigos contravencionales que en lugar de contenerlas y protegerlas, las considera infractoras. Esa zona gris genera una mayor desprotección, tanto por los abusos de todo tipo que sufren las que siguen prostituyéndose como por las detenciones arbitrarias que padecen muchas, que a veces suman años de prisión en una comisaría; estos casos se verifican en muchas provincias de nuestro país”. Los proxenetas, sin embargo, rara vez son detenidos y condenados.

Por último Martínez señaló que “estos códigos (por el Código de Faltas provincial) son la versión democrática de los edictos policiales de la Dictadura, conforman una red que conserva las prácticas represivas de esa época y posibilitan la corrupción de esa institución. La derogación de un artículo tan lesivo para un sector de nuestra sociedad y por extensión para toda la comunidad, es un ajuste a los tratados internacionales y apunta, precisamente porque ‘despenaliza’ una actividad que de hecho no está tipificada como delito por nuestro Código Penal, a proteger a las mujeres y minorías sexuales que ejercen la prostitución.

 

Fuente: http://libresdelsur.org.ar

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