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Dentro de la Ley todo...


Invitado Padre Aparicio

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Invitado Padre Aparicio

Dentro de la Ley todo... Fuera de la Ley nada.

En defensa del Pueblo Argentino aplicación de la Ley Nº 20.680

"No se puede representar al pueblo y enorgullecerse de desabastecerlo"

 

Bandera%20Argentina.jpg

 

Ley Nº 20.680

 

http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/55000-59999/58603/texact.htm

 

El Padre Aparicio

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Re: Dentro de Ley todo...

 

Cristina la proxima semana te hacemos el cacero-bocinazo mas grande del pais.
Eso!!

Y después sacamos los tanques a la calle!!!

Chan chan cha ran chan!!!

Cooooomunicado número unooooo!!!!!

no vamos a permitir que elementos apátridas y subversivos lesionen las bases de nuestra Patria

Iglesia, Ejército y el Pueblo Decente, juntos

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Re: Dentro de Ley todo...

 

Parece que Ud. padre no se acuerda la última vez que se aplicó dicha ley.

Isabelita la usó en 1975 y el pan había que hacerlos con aserrín. Los chorizos eran de goma espuma y la leche, agua con témpera blanca.

 

Si prefieres el bienestar a la libertad, la tranquilidad de la servidumbre al animado desafío de ser libre, vete en paz a tu casa. No te pedimos tu consejo ni tu apoyo. Inclínate y lame la mano que te alimenta. Que tus cadenas sean livianas, y que la posteridad olvide que fuiste nuestro compatriota.

Adams

Los gronchos.

The greatest trick the Devil ever pulled was convincing the world he didn't exist. And like that, poof. He's gone.

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Invitado Psichoboy

Re: Dentro de Ley todo...

 

Cristina la proxima semana te hacemos el cacero-bocinazo mas grande del pais.

 

Nasty! parece que tus amigos - de seguir así- van a ir en cana!

 

 

...ARTICULO 5º — Quienes incurrieren en los actos u omisiones previstos en el artículo 4º se harán pasibles de las siguientes sanciones, que podrán aplicarse independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:

a) Multa de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) a PESOS UN MILLON ($ 1.000.000). Este último límite podrá aumentarse hasta alcanzar el triple de la ganancia obtenida en infracción; (Montos sustituidos por art. 1º del Decreto Nº 496/2002 B.O. 13/03/2001)

b) Arresto de hasta noventa (90) días;

c) Clausura del establecimiento por un plazo de hasta noventa (90) días. Durante la clausura y otro tiempo igual no podrá transferirse el fondo de comercio ni los bienes afectados;

d) Inhabilitación de hasta dos (2) años a los infractores para el uso o renovación de créditos que otorguen las entidades sujetas a la Ley de Entidades Financieras;

e) Comiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción;

f) Inhabilitación especial de uno (1) a cinco (5) años para ejercer el comercio y la función pública;

g) Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores del Estado, pudiendo igualmente disponerse por el mismo la rescisión de los contratos hayan o no tenido principio de ejecución;

h) Publicación de la sentencia condenatoria, a costa del infractor;

i) Suspensión del uso de patentes y marcas por un lapso de hasta tres (3) años;

j) En caso de que los hechos adquieran por su naturaleza o por sus consecuencias especial gravedad, en lugar de la pena establecida en el inciso b) se aplicará la de prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años.

ARTICULO 6º — En caso de reincidencia los límites máximos de los montos del inciso a) del artículo 5º y los términos de sus incisos b), c), d), g) e i) podrán elevarse hasta el doble de la sanción originaria. En caso de segunda reincidencia podrá llegarse a la clausura definitiva del establecimiento.

 

ARTICULO 7º — Para la fijación de las sanciones de toda índole, pecuniarias o personales, se tomará en cuenta, en cada caso:

a) Dimensión económica de la empresa, negocio o explotación, atendiendo, en especial, al capital en giro;

b) Tipo y estructura jurídica de los mismos, en especial la referida a la empresa, negocio o establecimiento atendido por el núcleo familiar;

c) Efecto e importancia socio-económica de la infracción.

ARTICULO 8º — Cuando las infracciones que se penan en esta Ley hubieren sido cometidas en beneficio de una persona jurídica, asociación o sociedad, se le dará carácter de parte, sin perjuicio de la responsabilidad personal de los autores. En los casos de condena a una persona jurídica, asociación o sociedad se podrá imponer como sanción complementaria la pérdida de la personería y la caducidad de las prerrogativas que se le hubiesen acordado. Los directores, administradores, gerentes y miembros de tales entidades que no hubieren participado en la comisión de los hechos punibles, pero que por sus funciones debieron conocerlos y pudieron oponerse, serán también pasibles —cuando se les probare grave negligencia al respecto— de las sanciones previstas en el artículo 5º, incisos a) y b) disminuyéndose a la cuarta parte los límites mínimos y máximos a imponer.

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Invitado sesentaynueve

Re: Dentro de Ley todo...

 

Eso!!

Y después sacamos los tanques a la calle!!!

 

 

que tanques? con que combustible?

 

No soñés......el único que puede salir es el Tanque Pavone :)

 

 

 

saludos,

sesentaynueve

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Invitado Power to the people

Re: Dentro de Ley todo...

 

Eso!!

Y después sacamos los tanques a la calle!!!

Chan chan cha ran chan!!!

Cooooomunicado número unooooo!!!!!

no vamos a permitir que elementos apátridas y subversivos lesionen las bases de nuestra Patria

Iglesia, Ejército y el Pueblo Decente, juntos

Adhiero al Padre Aparicio y dejo un link:

http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-85091-2007-05-17.html

Siempre estuvieron ahi......

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Re: Dentro de Ley todo...

 

Adhiero al Padre Aparicio y dejo un link:

http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-85091-2007-05-17.html

Siempre estuvieron ahi......

che...no hace falta explicar que lo mío era sarcasmo, no?

 

No me gusta el gobierno K, pero de ahí a estar en sintonía con la Sociedad Rural, los golpistas, chupacirios, fascistas, reaccionarios, etc, que en estos días salieron a hablar y a pedir que se vaya un gobierno elegido democráticamente...no, gracias

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Invitado Padre Aparicio

Dentro de la Ley todo...

 

que tanques? con que combustible?

Pero el gasoil para sus tractores, cosechadoras y 4X4 si los dejan pasar los "piqueteros".

 

E.P.A.

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Invitado Power to the people

Re: Dentro de Ley todo...

 

Eso!!

Y después sacamos los tanques a la calle!!!

Chan chan cha ran chan!!!

Cooooomunicado número unooooo!!!!!

no vamos a permitir que elementos apátridas y subversivos lesionen las bases de nuestra Patria

Iglesia, Ejército y el Pueblo Decente, juntos

Estaba claro por eso puse el link........

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Re: Dentro de la Ley todo...

 

Correcto... todo dentro de la Ley.

 

Como la Ley 25.600 de Financiamiento de los Partidos Politicos. http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/75000-79999/75022/norma.htm

 

 

ARTICULO 34. — Los partidos políticos no podrán aceptar o recibir, directa o indirectamente:

 

a) contribuciones o donaciones anónimas. No podrá imponerse a las contribuciones o donaciones el cargo de no divulgación de la identidad del contribuyente o donante;

b) contribuciones o donaciones de entidades centralizadas o descentralizadas, nacionales, provinciales, interestaduales, binacionales o multilaterales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires;

c) contribuciones o donaciones de empresas concesionarias de servicios u obras públicas de la Nación, las provincias, los municipios o la Ciudad de Buenos Aires;

d) contribuciones o donaciones de personas físicas o jurídicas que exploten juegos de azar;

e) contribuciones o donaciones de gobiernos o entidades públicas extranjeras;

f) contribuciones o donaciones de personas físicas o jurídicas extranjeras que no tengan residencia o domicilio en el país;

g) contribuciones o donaciones de personas que hubieran sido obligadas a efectuar la contribución por sus superiores jerárquicos o empleadores.

h) Contribuciones o donaciones de asociaciones sindicales, patronales y profesionales.

 

 

No solo la valija de Chavez.... hay infinidad de aportes a la campaña de Kristina que violaron esta Ley.

 

http://www.diarioperfil.com.ar/edimp/0219/articulo.php?art=4818&ed=0219

 

http://www.periodismodeverdad.com.ar/noticia.asp?usr=100&id=1158

 

Saludos,

Pepeloco.

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Invitado BenedictusXVI

Re: Dentro de la Ley todo...

 

Pero el gasoil para sus tractores, cosechadoras y 4X4 si los dejan pasar los "piqueteros".

 

E.P.A.

 

Padre, usted deberia entender que una cosa es hacer un paro y otra cosa muy distinta es ser boludo y perder toda la cosecha por un reclamo.

 

Habiendo tanto culo para hacer sangrar con el reclamo, porque deberia ser el de ellos ?

 

Salu2

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Invitado BenedictusXVI

Re: Dentro de la Ley todo...

 

pampa005id6.jpg

 

El Padre Aparicio

 

 

Je...

 

Me parece que acabo de encontrar la respuesta a esta frase:

 

"Habiendo tanto culo para hacer sangrar con el reclamo, porque deberia ser el de ellos ?"

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