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Para los abogados del foro


fredo

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

as conclusión de este tema, que cuervos son, además todos putaneirossss!!!!:tongue:

 

La plata que viene fácil, fácil se va!

 

:smile:

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

Ya que estamos en preguntas para abogados, una de las muchas dudas existenciales que siempre tuve: ¿se puede testar la tutoría de un crío? Es decir, supongamos que sólo hay un madre y que esa mujer tiene familia, pero no le gustaría que en el caso de que le sucediera algo malo esa familia de mierda terminara criando a su bebe del alma, ¿se puede prevenir y evitar eso? ¿hay alguna forma de resguardar la herencia que recibiría el crío de sus tutores legales? ¿se puede elegir de tutor a alguien extranjero, que no resida en la Argentina?

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

Ya que estamos en preguntas para abogados, una de las muchas dudas existenciales que siempre tuve: ¿se puede testar la tutoría de un crío? Es decir, supongamos que sólo hay un madre y que esa mujer tiene familia, pero no le gustaría que en el caso de que le sucediera algo malo esa familia de mierda terminara criando a su bebe del alma, ¿se puede prevenir y evitar eso? ¿hay alguna forma de resguardar la herencia que recibiría el crío de sus tutores legales? ¿se puede elegir de tutor a alguien extranjero, que no resida en la Argentina?

 

 

hola!!

de poder...... se puede hacerlo.

la otra persona a quien eligas es la tutora (este en donde este) y si te llega a pasar algo, tu niño/a queda a cargo de ese tutor.

es facil hacer ese tramite????? mmmm es complicado. no solo necesita tu firma/autorizacion,creo que necesita la autorizacion del padre. y si no llega a estar el padre.........se complica mas.

tenes que consultar con un abogado y escribano.

I love cats.....:015::thumbup1:

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  • Club De Caballeros

Respuesta: Para los abogados del foro

 

hola!!

de poder...... se puede hacerlo.

la otra persona a quien eligas es la tutora (este en donde este) .

 

Art. 398 del Código Civil:

 

No pueden ser tutores:

 

Inc 4) Los q no tienen domicilio en la República

 

Inc 7) Los q tienen q ejercer por largo tiempo, o por tiempo indefinido, un cargo o comisión fuera del territorio de la República.

 

:negar::negar::negar::negar::negar:

"La codicia en todas sus formas: la codicia de vivir, de saber, de amor, de dinero; es lo que ha marcado la vida de la humanidad"

 

.

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

Art. 398 del Código Civil:

 

No pueden ser tutores:

 

Inc 4) Los q no tienen domicilio en la República

 

Inc 7) Los q tienen q ejercer por largo tiempo, o por tiempo indefinido, un cargo o comisión fuera del territorio de la República.

 

:negar::negar::negar::negar::negar:

 

Gracias por la aclaración, porque está bueno tener en claro qué se puede y qué no.

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

Colegatero SANTIAGOMZA, no meta a todos en la misma bolsa, también hay por ejemplo médicos que te recetan lo que les conviene para que el laboratorio le regale algo y no todos los médicos son mercenarios de la salud, y así en todas las profesiones, así que no ofenda metiendo a todos los bogas en la misma bolsa porque en todas las profesiones hay buenos y malos, honestos y atevidos.

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

Los abogados que se dedican a las sucesiones son los menos competentes. Ademas no tiene mucha ciencia. Hagalo usted mismo, estudie lo que tenga que estudiar, comprese el codigo civil y estudiese el Libro IV (de los derechos reales y personales y demases) y luego busque el abogado mas docil y novato que encuentre.

 

Tenga en cuenta que se viene haciendo lo mismo hace mas de 2.500 años, no hay practicamente nada que innovar en esta materia. Yo sin ser abogado y no en la ficcion sino que en el mundo real he ganado muchisimos juicios y nunca he perdido uno. Tambien he construido sin ser arquitecto y en fin, muchas cosas que eran problemas porque no encontraba a nadie honesto y a la vez capacitado las tuve que aprender.

 

 

Se va a ahorrar no solo guita sino que problemas.

 

Estimado,

Si usted ganò juicios sin ser abogado ha ejercido ilegalmente la profesión cosa que dudo porque en materia de litigios hay que presentar en cualquier jurisdicción bonos del colegio de abogados respectivo, con lo cual entiendo que se refiere a arreglos previo a judicializar las disputas, en fin no se ofenda pero me parece que está pecando de un poquito de soberbia pues usted sabe todo y no neces.

No quite mérito a quien hace un labor porque uno puede tener varios años de profesión y no por eso no hará algún tema legal por más simple que sea, cada profesional tiene sus motivos para tomar un caso, así que no generalice por favor.

Saludos y mi respeto pues se que ha escrito temás muy interesantes en el foro pero en este me parece que ha derrapado.

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as conclusión de este tema, que cuervos son, además todos putaneirossss!!!!:tongue:

 

La plata que viene fácil, fácil se va!

 

:smile:

 

Si seguro la ganamos facil..... andá hacé tribunales a conciencia y contanos después si la ganamos facil, senta el tuje en la silla cinco años y que te desmerezcan como vos haces a ver si te gusta. Y si con vos o hacen no lo hagas con el resto.

Qué sabés si la ganamos facil?!

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

Aparte que muchos crean que todo es "comprese el manualcito, lealo y hagalo" como si fuera tan facil ejercer una profesión, con la responsabilidad profesional, civil, patrimonial y penal que eso implica... dejemosnos de joder.

Mira vos si un cliente me va a venir a decir a mi "mira, me compre las normas contables y las leyes impositivas, me las lei, las estudie, quiero que pongas esto en el balance, o quiero que me saques asi el informe de auditoria, o quiero que me liquides asi tal impuesto"...

 

CLAAAAAAAAAROOOOO.....:dft007:

 

Mira vos si por mas abogadito docil que te busques vos te vas a estudiar el codigo y la ley para decirle lo que tiene que hacer y decir... JAJAJAJAJ...

Mientras el flaquito tenga que poner el ganchito, el casito se resuelve segun su criterio profesional. Para eso estudio, se acosto tarde, se perdio de salir con los amigos a tomar unas birras, pospuso encuentros con chichis, transpiro en los pasillos de la facu antes de rendir, se sintio con la soga al cuello desde dias previos, se alegro con buenas notas, se calento con malas notas y redoblo esfuerzos, se comio deliradas de profes filosofos y encima bananas, etc etc.

 

Mira vos si despues de todo eso, JUSTAMENTE se va a venir a fumar que alguien le diga y maneje lo que tiene que poner, escribir, hacer y decir solo porque se compro o bajo de internet el codigo o las leyes (supongo que se bajara las reglamentaciones tambien, no? sino, aviso que no sirve de nada) y le pego un par de leidas como quien lee el diario, el grafico o el ambito financiero (sin el conocimiento analitico necesario para interpretar)...

 

Mi viejo era medico, me crie de chiquito leyendo libros de medicina por pasatiempo y te digo que entiendo bastante del tema (y mucho), sin embargo, apenas me siento mal, voy a mi medico y le cuento todo y QUE EL ME DIGA porque SABE MAS QUE YO. Mira si voy a ir a decirle "tengo esto, recetame esto y pedime este estudio".... El flaco me va a mirar, me va a decir "yo te voy a decir lo que tenes" y me va a acostar de dos cachetones en la camilla a revisarme

 

Zapatero a tus zapatos.

A mi me gusssta tanto la noche... que al día le pongo un TOLDO, nene!

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

Fredo, dejate de joder que tu hermano te va a matar.

 

Alguien puede decirme ¿a cuánto ascienden los honorarios de un abogado, en un caso de sucesión?.

Entiendo que es el juez el que regula. Debe haber un abogado sincero y honesto en el foro, que quiera ayudarme, pq me parece que me están currando:dedosabajo:. gracias.

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Si seguro la ganamos facil..... andá hacé tribunales a conciencia y contanos después si la ganamos facil, senta el tuje en la silla cinco años y que te desmerezcan como vos haces a ver si te gusta. Y si con vos o hacen no lo hagas con el resto.

Qué sabés si la ganamos facil?!

 

jojojojojo no era para tanto era chiste, eso si los bogas son muy putaneiros, y se ve ganan bien, te aclaro ya estudie, 6 años de mi profesión y ni te digo los cursos de postgrado, así que estamos igual, aves carroñieras hay pocas.... jejejee :borracho:

 

:biggrin:

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Respuesta: Para los abogados del foro

 

Según la ley de arancel, en Capital Federal los honorarios son del 11 % al 20 % del valor real de los bienes, reducido en un 25 %.

En provincia de Buenos Aires, del 7 % al 25 % de la valuación fiscal (que es cercana al valor real) o del valor real.

Cordiales saludos,

Theo

:pirate:

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  • Members

Respuesta: Para los abogados del foro

 

Gracias a todos por ayudar. ¡ QUÉ QUILOMBO SE ARMÓ ¡

 

Comparto lo que dijeron por ahí, garcas hay en todas las profesiones. no hay que discriminar.

"No soy tonto, soy listo""El sexo para que sea sexo tiene que ser sucio"

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Art. 398 del Código Civil:

 

No pueden ser tutores:

 

Inc 4) Los q no tienen domicilio en la República

 

Inc 7) Los q tienen q ejercer por largo tiempo, o por tiempo indefinido, un cargo o comisión fuera del territorio de la República.

 

:negar::negar::negar::negar::negar:

 

 

 

 

a mira vos !!! :crap:

estaba re convencido que se podia y no fue invento mio, me lo habia dicho un abogado.:scared:

es bueno aclarar las cosas y estar informado.

saludos colega!! :rolleyes:

I love cats.....:015::thumbup1:

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Guest
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