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Retención Ganancias y Resolución 125


Invitado Perro Lobo

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Invitado Perro Lobo

Escribo esto cuando no sé si salió ya la resolución y entonces no sabemos si la modificación de las retenciones a la 4ta. categoría es a partir del 1/4/2011, del 1/1/2010 o del 1/1/2011.

Pero sea cual fuere la fecha de vigencia propongo la siguiente discusión:

La retención para el personal en relación de dependencia es en primera instancia el pago del impuesto. Corresponde entonces señalar cual es el límite a partir del cual el salario es una "ganancia".

Por lo tanto, no me parece correcta la discusión de la "indexación" de los mínimos no imponibles y otras deducciones a partir de determinada fecha; porque: ¿Quién dice que esa base era correcta?

Lo pertinente sería barajar y dar de nuevo por ley del Congreso.

Pero además, corresponde discutir si deben indexarse al 100% salarios que son reconocidamente altos como una forma de aportar recursos a sectores sociales que la están pasando mal.

De la misma manera, me parece una total injusticia que no se retengan aportes jubilatorios por encima de determinado nivel de salario cuando resulta que esos asalariados son los que están en mejores condiciones para soportar la tasa general de aportes. Hablo del tema de la resolución 125 porque plantea la misma disyuntiva ¿por qué no deben soportar retenciones en el precio de la soja? ¿Por qué no les corresponde su aporte siendo un núcleo muy favorecido de la población?

Lo que sí planteo es que no vale el razonamiento de que mejor que no se retenga más porque va a ser malgastado por los KK. Ese es otro tipo de problema que debe discutirse del lado de los gastos en vez del de los ingresos.

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Invitado Perro Lobo

Respuesta: Retención Ganancias y Resolución 125

 

Escribo esto cuando no sé si salió ya la resolución y entonces no sabemos si la modificación de las retenciones a la 4ta. categoría es a partir del 1/4/2011, del 1/1/2010 o del 1/1/2011.

Pero sea cual fuere la fecha de vigencia propongo la siguiente discusión:

La retención para el personal en relación de dependencia es en primera instancia el pago del impuesto. Corresponde entonces señalar cual es el límite a partir del cual el salario es una "ganancia".

Por lo tanto, no me parece correcta la discusión de la "indexación" de los mínimos no imponibles y otras deducciones a partir de determinada fecha; porque: ¿Quién dice que esa base era correcta?

Lo pertinente sería barajar y dar de nuevo por ley del Congreso.

Pero además, corresponde discutir si deben indexarse al 100% del efecto inflacionario, las deducciones sobre salarios que son reconocidamente altos como una forma de aportar recursos a sectores sociales que la están pasando mal.

De la misma manera, me parece una total injusticia que no se retengan aportes jubilatorios por encima de determinado nivel de salario cuando resulta que esos asalariados son los que están en mejores condiciones para soportar la tasa general de aportes.

Hablo del tema de la resolución 125 porque plantea la misma disyuntiva ¿por qué no deben soportar retenciones en el precio de la soja? ¿Por qué no les corresponde su aporte siendo un núcleo muy favorecido de la población?

Lo que sí planteo es que no vale el razonamiento de que mejor que no se retenga más porque va a ser malgastado por los KK. Ese es otro tipo de problema que debe discutirse del lado de los gastos en vez del de los ingresos.

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Invitado Viejo Golanchik

Respuesta: Retención Ganancias y Resolución 125

 

Foro-Contadoresalpalo.com

 

Ahi me parece que van a darte mas bola.

 

Muy tecnica la discusion, y la parte politica esta resuelta, el que es K piensa que la guita esta bien gastada y el que no, no.

 

No va a andar, perro, con respeto.

 

VG

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  • Members

Respuesta: Retención Ganancias y Resolución 125

 

Primero deberian sacarlo por ley, no por resolucion. Despues, suben los minimos no imponibles pero no actualizan la escala, un mamarracho. Encima, si se ajustara por inflacion, o coeficiente de variacion salarial, estaria bien...lastima que la inflacion la mide el indec. Se deberia practicar el ajuste por inflacion impositivo...pero no se aplica. Todo termina siendo arbitrario y basicamente el contribuyente siempre paga mas.

Seria bueno que se decretara la "no emergencia economica"...pero eso hace caer este impuesto y varios fondos de incentivos mas...segun los K estamos en bonanza.

Lo de la resolucion 125, el tema es que los tipos pagan ganancias, no es suficiente con eso?? Les queda el 65% de la q se declare como ganancia. Y es una actividad donde se te caga una cosecha y sonaste. No se bien como operan, pero si son retenciones, deberian ser para cancelar alguna obligacion o como pago a cuenta....

Sino, es como si fuera un impuesto. Amen, de que el estado puede cobrar derechos de exportacion...sino son coparticipables, se terminan usando para lo que se le da la gana. Si encima los campos estan repartidos por todo el pais y no le coparticipan nada de eso a las provincias, para mi esta mal. Tenes razon en que no deberia "no" retenerse por si lo gastan mal, el tema es que sino me equivoco, en algun fallo de la corte me parecio ver que "las retenciones" operaban como un impuesto (y no hay impuesto sin ley) y que mas del 35% de tributacion al estado es confiscatorio. Por mas que ganes fortunas. Como opinion personal, En vez de retener tanto, deberian promover que toda la guita que les queda despues de pagar ganancias, la inviertan en el sector productivo. Tal vez con incentivos fiscales, o algo asi.

Lo que si deberian hacer tambien, es evitar que se concentren tanto los capitales, pero eso no es solo patrimonio exclusivo del campo, miren a molinos, arcor, etc.

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Invitado Perro Lobo

Respuesta: Retención Ganancias y Resolución 125

 

De lo que estoy hablando es de una posición ética y no técnica:

¿Por qué no deben contribuir los que ganan/ganamos altos sueldos aunque seamos trabajadores?

De lo que tiene que haber consenso es acerca desde que nivel de remuneraciones empezamos a retener.

 

Respecto de las retenciones: Si como Estado me quiero asegurar la guita, prefiero retener y que después vean si se la pueden descontar de Ganancias y no al revés. El flaco no presenta la Declaración Jurada o presenta una truchada y yo Estado me quedo sin la guita hasta que pueda acogotarlo.

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Invitado logodedalus

Respuesta: Retención Ganancias y Resolución 125

 

De lo que estoy hablando es de una posición ética y no técnica:

¿Por qué no deben contribuir los que ganan/ganamos altos sueldos aunque seamos trabajadores?

De lo que tiene que haber consenso es acerca desde que nivel de remuneraciones empezamos a retener.

 

Respecto de las retenciones: Si como Estado me quiero asegurar la guita, prefiero retener y que después vean si se la pueden descontar de Ganancias y no al revés. El flaco no presenta la Declaración Jurada o presenta una truchada y yo Estado me quedo sin la guita hasta que pueda acogotarlo.

 

la contraprestacion (lo que te van a pagar el dia que te jubiles, si no te moris antes) del aporte jubilatorio tiene tope, por lo que es razonable que el aporte tambien lo tenga, no???

 

Las retenciones a las expo SON impuestos, no son hechas a cuenta de nada. esta mal el nombre.

 

y en todo el mundo (civilizado o mas o menos) te van reteniendo ganancias a lo largo del año, sino cuando vence el impuesto los asalariados ya se la habrian gastado. en casi todo el mundo te retienen de mas y a los pocos meses te devuelven lo sobre retenido. en arg, lo que entro al estado muere ahi. pedir una devolucion de impuestos retenidos o percibidos en exceso es mas jodido que arreglarle una carie a un yacare.

 

mas dificil es explicar porque los plazos fijos o compra venta de bonos no pagan ganancias, junto con las apreciaciones de capital para no habitualistas. hoy un rentista solo paga de impuesto bienes personales!!!

 

pais raro,

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Invitado Perro Lobo

Respuesta: Retención Ganancias y Resolución 125

 

Un impuesto también puede ser tomado como pago a cuenta de otro impuesto.

Muy cierto todo lo demás. Quizá cabría agregar que la supuesta buena intencionalidad de una retención o tributo termina desmereciéndose si se la implementa como la miércoles, como es el caso de las retenciones de los asalariados.

Editado por Perro Lobo
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