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Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?


Invitado Schumi

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Respuesta: Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?

 

... meter en cana a un pibe de 12 años no resuelve nada. Si cuando sale esta peor.

 

Sabias palabras! Rebel S.

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  • 4 months later...
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Respuesta: Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?

 

¿Como es esto? los que antes no querian... ahora quieren???

 

Que pachó?? :confused:

 

 

Saludos,

Pepeloco.

 

Y vos crees que resolveremos algo?

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Respuesta: Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?

 

Estimados:

Luego de leer y releer el post, veo que hay algunos que siguen con los Derechos Humanos pero de los Chorros,Maleantes, Asesinos, Y no lo tiene el ingeniero de acasusso que paga sus impuestos como corresponde y por tal motivo tiene derecho y obligacion de una seguridad, y la seguridad esta en castigar como sea ,tanto a una persona de mas de 18 años como a un chico de 14 años, si puede delinquir o asesinar a ésta edad tambien puede pagar sus culpas, o que pasa cuando a nuestros hijos desobedecen en la escuela, no se los puede castigar??? van los padres corriendo Pidiendo explicaciones de porque lo castigan?

Si seguimos con este tipo de filosofia las cosas seguiran su camino y saldremos a trabajar, sin saber si volvemos a nuetras casas o no.

Dejense de joder el que las hace las tiene que pagar Si ó Si

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Invitado Mariano67

Respuesta: Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?

 

Asi es la cosa en otros países.

 

De la Redacción de lanacion.com

[email protected]

 

El debate por la edad de imputabilidad de los menores, que recrudeció en los últimos tiempos en la Argentina, llegó finalmente al Congreso Nacional. Sin embargo, lo que los diputados discuten hoy es una deuda pendiente, algo que la mayoría de los países de América latina ya tienen saldado en su legislación.

Con mejores o peores resultados, los restantes países latinoamericanos tienen en funcionamiento distintos sistemas de responsabilidad penal juvenil, que fueron poniendo en práctica sucesivamente desde que se firmó la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN), en 1989.

Argentina es una excepción en la región: si bien la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño fue ratificada y tiene rango constitucional, aún no fue modificado el régimen penal para los menores sancionado durante la última dictadura.

Brasil, en 1990, fue el precursor en adaptar su legislación al artículo 40 de la CIDN, que propone garantías procesales y un modelo especializado de atención para los adolescentes que hayan infringido la ley penal, diferenciado del sistema de justicia penal para adultos.

En ese país, el Estatuto de la Niñez y la Adolescencia fijó la edad de imputabilidad en 18 años y creó un sistema de justicia especial para los menores de entre 12 y 17 años.

Reintegración social. Asimismo se limitó en tres años la pena máxima de privación de la libertad, aunque con el objetivo de lograr la reintegración social del adolescente.

A partir de esta experiencia países como Nicaragua, El Salvador, Costa Rica, Ecuador y Honduras fueron modificando sus respectivas legislaciones en la materia. En algunos casos con leyes específicas y en otros incluyéndolos en códigos integrales de derechos de niños y adolescentes. La intención es en que los regímenes penales juveniles prime la función de promover el desarrollo y dignidad del menor por encima del castigo.

En el caso de otro país vecino, Uruguay, la legislación penal para menores está estipulada en el Código de la Niñez y la Adolescencia, en donde se establece un régimen especial para jóvenes de entre 13 y 18 años. Los castigos que surgen de un proceso diferente al de mayores, se aplica a adolescentes de 13 a 18 años y tiene una pena máxima de 5 años para el delito más grave. Y a los 18 años salen y se borra el expediente. También hay medidas sustitutivas, no privativas de libertad.

Por este motivo muchos de estos códigos hablan de medidas "socio-educativas", es decir que se enfocan a la reinserción del joven. Entre las penas con este objetivo se encuentran algunas como la prestación de servicios a la comunidad, la obligación de reparar el daño y la libertad asistida.

Edad de imputabilidad. En el país, la discusión se centra casi exclusivamente en la edad a partir de la que los jóvenes pueden ser sometidos a un proceso penal. En América latina, en la mayoría de los casos se contempla un régimen especial para los jóvenes de entre 12 y los 18 años, excepto en países como Panamá y Paraguay donde se eleva a los 14, pero en todos los casos se trata de edades inferiores a los 16 años establecidos en la Argentina.

Además, los sistemas latinoamericanos suelen distinguir entre dos grupos etarios en cuanto a la gravedad de las penas, estableciendo un corte que, por lo general, coincide en los 15 años.

986763.jpgFoto: lanacion.com

nota.asp?nota_id=1120629&otros=imagen_id:986763

Pena máxima. Aunque buscan limitar la privación de la libertad, estos códigos no la excluyen como posibilidad. Sin embargo, a ésta sólo se llega en casos de extrema gravedad, cuando se descartaron todas las sanciones intermedias.

Ese es el caso de Costa Rica, que contempla una pena máxima de 15 años, la más dura de toda América latina.

"Técnicamente hablando, es la más severa. Sin embargo en los catorce años que lleva esta ley, sólo fue aplicada dos veces, cuando no hubo alternativa por la gravedad del delito. Pero para el grueso de los delitos hay medidas alternativas a la privación que son sanciones intermedias, que se tratan sobre todo de prestación de servicios a la comunidad y de libertad asistida", indicó a lanacion.com Emilio García Méndez, diputado nacional por Solidaridad e Igualdad y autor de uno de los proyectos que quedó pendiente en el Congreso.

En la Argentina. En el país hoy se aplica el Régimen Penal de la Minoridad, un decreto dictado por la dictadura en 1980 que se apoya en la tutela del menor y que, según un estudio realizado por Unicef, "se ha revelado inadecuado tanto por su ineficiencia en bajar la delincuencia juvenil como en su tratamiento de los adolescentes que cometen delitos".

El principal anteproyecto que hoy se discute en el Congreso fue propuesto por el juez de la Corte Suprema Eugenio Raúl Zaffaroni, que incorpora la parte penal del Estatuto de la Niñez y la Adolescencia de Brasil y que se apoya en las iniciativas propuestas por García Méndez y la diputada nacional Vilma Ibarra.

García Méndez consideró que el modelo a seguir es Costa Rica: "Allí, la ley fue aprobada en 1995 y ha resultado favorable. Bajó el delito juvenil y a su vez es el país donde menos menores de edad hay privados de su libertad".

El especialista habló de los puntos imprescindibles para asegurar un debido proceso. "Necesitamos, en primer lugar, un buen texto legal. En segundo lugar, una defensa pública que funcione con autonomía y que sea eficiente y que, en mi opinión es el eslabón débil de nuestro país porque hay una vieja cultura según la cual el abogado no es necesario para los menores. En tercer lugar, programas que se orienten hacia la reinserción cuya función pedagógica sea conectar al adolescente con su responsabilidad", detalló.

"Por último, creo que de nada sirve una ley si no hay políticas sociales para que los delitos disminuyan cuantitativamente sin que sea necesario llegar a una instancia penal", concluyó.

En otros países del mundo

 

España. En España, desde el año 2000, un menor puede ser declarado penalmente responsable "a los ojos de la comunidad y de sí mismo" a partir de los 14 años.

De esta manera, toda persona a partir de esa edad y hasta los 18 años es incluida por la ley vigente en una "etapa de transición" a la responsabilidad penal de los adultos y, mediante sentencia de un juez de menores, pueden ser privados de su libertad en centros juveniles, pero no en las mismas prisiones que los mayores de 18 años. Los que tienen menos de 14 años, en cambio no tienen responsabilidad penal alguna, y todo castigo se limita al ámbito familiar o educativo.

La ley establece que "las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción social, y no podrán consistir en trabajos forzados".

EE.UU. En Estados Unidos, aunque los códigos penales varían de estado en estado, en la mayoría de ellos los crímenes cometidos por menores hasta los 17 años están bajo la jurisdicción de los tribunales juveniles.

Sin embargo, en casi todos los estados contemplan la posibilidad de que ante hechos considerados graves el juicio sea llevado a cabo por tribunales ordinarios. En ese caso, los menores son tratados como adultos.

La pena de arresto está contemplada en los distintos regímenes juveniles estadounidenses, aunque en la mayoría de los casos se los interna en institutos separados de las cárceles de adultos.Francia. Desde 1945 se aplica una justicia específica para los menores de 18 años.

Tras numerosas modificaciones, a partir del 7 de marzo de 2007, la ley fija a 18 años la edad de la mayoría penal: un menor no puede ser juzgado por jurisdicciones penales ordinarias, debe serlo por jurisdicciones especializadas.

El menor es considerado penalmente responsable cuando es "capaz de discernimiento". La jurisprudencia francesa fija esa edad entre los 8 y los 10 años. A partir de esa edad puede ser condenado. Las penas son adaptadas a la edad del delincuente.

Francia. Desde 1945 se aplica una justicia específica para los menores de 18 años.

Tras numerosas modificaciones, a partir del 7 de marzo de 2007, la ley fija a 18 años la edad de la mayoría penal: un menor no puede ser juzgado por jurisdicciones penales ordinarias, debe serlo por jurisdicciones especializadas.

El menor es considerado penalmente responsable cuando es "capaz de discernimiento". La jurisprudencia francesa fija esa edad entre los 8 y los 10 años. A partir de esa edad puede ser condenado. Las penas son adaptadas a la edad del delincuente.

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Respuesta: Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?

 

¿Como es esto? los que antes no querian... ahora quieren???

 

Que pachó?? :confused:

 

 

Saludos,

Pepeloco.

pacho que estamos en campaña, mi estimado pepeloco

si en las encuestas figura que es mejor comer mierda, estos tipos se empachan con caca

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Invitado gatobarbieri

Respuesta: Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?

 

Es un tema muy complejo.

Crear un regimen de imputabilidad a menores esta bien siempre y cuando vaya acompañado de la creacion de lugares IDONEOS para alojarlos. No un lugar para

amontonarlos y que salgan peor o mas resentidos.

Debe resocializarse a los que sea posible. Rehabilitar a los que sean adictos.

Los legisladores tambien deben trabajar en esto en

vez de dedicarse a lo que les sea redituable en sus respectivos partidos.

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Invitado Pata de Catre

Respuesta: Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?

 

No sé por qué tu detallada descripción me trajo a la memoria ciertos nombres... Hadad, Ruckauf y tantos otros...

Gracias por el recuerdo! :-)

 

...dentro de los tantos otros hay alguien que calza los mismos puntos que los nombrados, y curiosamente no fué mencionada en ningún momento en este debate, se llama Mirta Perez, ...durante 3 años estuvo presente diariamente en el programa de M.Viale solicitando pena de muerte para todo el mundo sin importar la edad, y terminó vendiendo la sangre de su hijito por estar sentada en una banca de diputada....un asco de persona...

 

PdC

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Respuesta: Por qué algunos no quieren bajar la edad de imputabilidad de una persona?

 

...dentro de los tantos otros hay alguien que calza los mismos puntos que los nombrados, y curiosamente no fué mencionada en ningún momento en este debate, se llama Mirta Perez, ...durante 3 años estuvo presente diariamente en el programa de M.Viale solicitando pena de muerte para todo el mundo sin importar la edad, y terminó vendiendo la sangre de su hijito por estar sentada en una banca de diputada....un asco de persona...

 

PdC

 

pobre mujer...repugnante como el falso inyenieri

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Guest
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      Eso si, luego de la intervención no pude tener SEXO mas o menos por 2 meses, hasta que todo estuviera bien cicatrizado (recién ahí, el urólogo que me operó me dio el alta). La parte sexual, te diré que mejoró después de la frenuloplastia, no tengo ninguna molestia (eso si, quizás tardo mas en eyacular que antes). Suerte !!!! Cordiales saludos para todos.

      Gracias colega, me sirve lo que me comenta.

      Consulta, puede que tenga más sensibilidad en el pene durante la actividad sexual??

    • Estimado: Rarísimo todo lo que te pasó, hiciste bien en abortar la misión. Si algún detalle del encuentro pactado, no cierra... Lo mas prudente es salir de allí. Ya lo de las llamadas de whatsapp me pareció muy extraño, jamás una escort me llamó por teléfono (ni por común, ni por whatsapp). Y obviamente, la gota que colmó el vaso, fue el pedido de la foto !!!! Con las llamadas de garrón ya me es suficiente para cancelarla, y si piden foto de entrada o en cualquier momento previo al encuentro, cancelo la cita en ese mismo instante sin vueltas.

      Chica que pide foto, o que pida seña previo al encuentro, la descarto al toque y sin dudar. Cordiales saludos para todos.


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