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AFJP....y ahora que ?


Invitado viejopendejazo

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Invitado Mariano67

Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

Las jubilaciones y otros servicios deben quedar en manos del Estado

lo dice la Constitucion no lo digo yo

 

Es asi, las AFJP son INCONSTITUCIONALES. La CONSTITUCION prohibe su existencia. Las jubilaciones deben quedar en manos del estado.

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Invitado sesentaynueve

Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

Es asi, las AFJP son INCONSTITUCIONALES. La CONSTITUCION prohibe su existencia. Las jubilaciones deben quedar en manos del estado.

 

No lo encuentro en la Constitución. Me podés ayudar? En que artículo. Gracias.

 

 

Sds,

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Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

Quedar en manos del estado para que manoteen cuando necesitan "aportes" eleccionarios para comprar intendentes y gobernadores genuflexos??? Ya empezó la sangría, después hablan de redestribución, caraduras! porque no redistribuyen en Charata y Orán?

El cordobés en tour gatuno en la capi :004:¿Conocés esa mirada que tienen las mujeres cuando quieren sexo contigo?.Yo tampoco.

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Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

Es asi, las AFJP son INCONSTITUCIONALES. La CONSTITUCION prohibe su existencia. Las jubilaciones deben quedar en manos del estado.

 

Precisamente, el fallo en 1º instancia, dice lo contrario a lo que vos manifestás. Lo que se declaró es la inconstitucionalidad de la estatización de los ahorros de los ex afiliados al sistema jubilatorio de capitalización.

"LAS GALLINAS Y LAS PALOMAS TAMBIÉN TIENEN CONCHA!!" (La lora)

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Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

no importa si es constitucional o no, la plata esta mas segura en manos del estado...

 

ln_112x16.gif Plan financieroMás fondos de la Anses para pagar la deuda

 

Colocaron letras por $ 1500 millones

 

El Gobierno volvió a utilizar recursos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) por 1500 millones de pesos para el sinuoso programa financiero, que seguirá basado este año prioritariamente en el dinero que hay dentro del Estado.

Según se publicó en el Boletín Oficial, se trata de dos emisiones de letras del Tesoro a partir del 1° de abril, una por $ 500 millones, con vencimiento el 28 de septiembre próximo (180 días), y otra por $ 1000 millones, el 28 de diciembre del corriente año (271 días). En los dos casos, se trata de la renovación de una letra colocada en 2008.

Ambas letras pagaran una tasa de interés del 14,59% nominal anual y la amortización se hará íntegramente a su vencimiento. Hace un año, antes de eliminar las AFJP, el Gobierno le colocaba al organismo que administra los recursos de los jubilados una letra por $ 2750 millones, también en dos tramos: se pagó 8,5% por el primero y 11% por el segundo...

 

 

 

 

http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1118172&high=anses

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Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

No lo encuentro en la Constitución. Me podés ayudar? En que artículo. Gracias.

 

 

Sds,

 

Constitución Nacional

 

 

Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.

Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

 

 

Igual no es lo q está en discusion

 

es peor q el gobierno haya violado un derecho de propiedad tan elemental como este y mas si se tuvo en cuenta q el Congreso voto el año pasado (o el anterior) el sistema mixto.. si no me equivoco (corregirme si me equivoco)

 

un claro manotazo para bancar la caja

"La libertad es solo un mandato lícito, y encuentra en el libertinaje su liberación"

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Invitado Mariano67

Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

Es asi, las AFJP son INCONSTITUCIONALES. La CONSTITUCION prohibe su existencia. Las jubilaciones deben quedar en manos del estado.

 

No lo encuentro en la Constitución. Me podés ayudar? En que artículo. Gracias.

 

 

Sds,

 

Si señor, las AFJP son TOTALMENTE Inconstitucionales. VIOLAN la Constitución (Art.14 bis) veamos:

 

volvimos a la constitucion nacional

 

la Constitución Nacional, en el artículo 14 bis, organiza un sistema público. El régimen de Seguridad Social argentino es ESTATAL porque así lo ORDENA la Constitución.

 

Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.

Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna

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Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

69, te tiraron la Constitucion por el mate ! :003:

 

ESTADO no es gobierno carajo !!! (a lo mejor en esto podemos estar de acuerdo)

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Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

Jubilación mínima año 2001 (peor crisis de la historia) $ 200.- equivalente a U$S 200.-

 

Jubilación mínima año 2009 (gran proyecto kirchnerista) $ 770.- equivalente a U$S 208.- ( a esto le dicen distribución de la riqueza)

 

 

Donde está la plata del Anses hoy ?????

 

Letras del Tesoro

 

info3.jpg

 

 

Que HDP, en apenas 3 meses y medio, saquearon 90% de TODO lo que se llevaron en el 2008 y el doble de TODO el 2007....

 

Como dijo el gran filosofo Guillermo Moreno...".....VAMOS POR TODO!!!!"

 

fuente http://www.clarin.com/diario/2009/04/23/elpais/p-01904033.htm

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Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

sebas, el dinero esta en buenas manos

 

Avanzan sobre el "yuyo"

 

El Gobierno invierte dinero de jubilados en pools sojeros

 

Será accionista de los fideicomisos que pasaron al Estado luego de la estatización de las AFJP. Boudou, el principal acreedor.

 

 

http://www.perfil.com/contenidos/2009/04/23/noticia_0009.html

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Invitado sesentaynueve

Respuesta: AFJP....y ahora que ?

 

Jubilación mínima año 2001 (peor crisis de la historia) $ 200.- equivalente a U$S 200.-

 

Jubilación mínima año 2009 (gran proyecto kirchnerista) $ 770.- equivalente a U$S 208.- ( a esto le dicen distribución de la riqueza)

 

 

 

 

reparten como el Prof Neurus: 1 para vos, otra para vos.....y 5 para mi.....:011:

 

Así es el estado argento, no Pio Pio?

 

 

neurus.gif

 

 

 

Slds,

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